¿Por qué esta tercera pista del aeropuerto de Barcelona-El Prat?

 

Volver al menú principal de la seccióN TERCERA PISTA CAPÍTULO 10 - LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (D.I.A.)

10) El 18 de enero de 2002 se publica en el B.O.E. la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de la ampliación del aeropuerto de Barcelona y las diferentes instituciones afectadas presentan sus alegaciones:

A ) ¿ Qué es la Declaración de Impacto Ambiental (D.I.A.) ?

B ) ¿ Cuál es la D.I.A. de la ampliación del aeropuerto del Prat?

C ) ¿ Cuáles son las alegaciones del Ayuntamiento de Gavà ?>

D ) ¿ Cuáles son las alegaciones del Ayuntamiento de Castelldefels ?

 

 

A) ¿ QUÉ ES LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (D.I.A.) ?

Ministerio de Fomento   El Ministerio de Fomento como promotor de la ampliación del aeropuerto de Barcelona (obra pública) tuvo que presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) donde se recogieran todas las agresiones a la salud de las personas y al medio ambiente, así como las formas de minimizarlas. Una vez presentado y pasado el período de alegaciones de vecinos, ayuntamientos y de cualquiera que se sintiera afectado, el Ministerio de Fomento tenía que contestar todas las alegaciones y, después, con las correcciones, enviar el EIA al Ministerio de Medio Ambiente para que lo evaluara.
 
Ministerio de Medio Ambiente   El Ministerio de Medio Ambiente puede entonces solicitar nuevos estudios y cuando tiene toda la información necesaria, publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) aprobando o denegando la obra e imponiendo condiciones para su construcción.

La declaración de impacto ambiental (DIA) es un motivo tradicional de preocupación y de fricción entre los Ministerios de Medio Ambiente y de Fomento, incluso, entre diferentes departamentos del propio Ministerio de Medio Ambiente porque la DIA ha pasado de ser un simple sello a un trámite esencial en las obras públicas como la ampliación del aeropuerto de Barcelona.

Según datos de marzo del año 2006, desde que el Gobierno aprueba un proyecto hasta que el Ministerio de Medio Ambiente da su visto bueno pasan de media 944 días (más de 2,5 años) en gran medida debido al gran número de proyectos que tiene pendientes de estudio el Ministerio de Medio Ambiente.

De media, una tramitación de una autopista tarda 1.119 días, un AVE 1.175 días, una presa 1.302 días y un aeropuerto casi un año.

 


B) ¿ CUÁL ES LA D.I.A. DE LA AMPLIACIÓN DEL AEROPUERTO DEL PRAT ?

Publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 18 de enero de 2002 recogiendo la Resolución de la Secretaría General de Medio Ambiente de 9 de enero de 2002:

Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de la ampliación del aeropuerto de Barcelona - D.I.A. de la ampliación del aeropuerto (9 de enero de 2002)

Cronograma del desarrollo del Plan Director del aeropuerto del Prat

 

Esta D.I.A. tiene como objetivo principal identificar la incidencia del aeropuerto (o de una de sus pistas) y de las infraestructuras aeroportuarias en el ámbito territorial que rodea al aeropuerto y establecer las medidas preventivas correctoras y compensatorias.

En este punto es importante recordar que aunque las instalaciones del aeropuerto de Barcelona siempre han estado ubicadas en la misma zona del Delta del Llobregat, este aeropuerto fue creado y diseñado en un espacio y un tiempo (desarrollo industrial de Catalunya) donde las garantías constitucionales actuales (entre elles las de disfrutar de un Medio Ambiente adecuado para el desarrollo de las personas) no se consideraban prioridades sociales de primera necesidad. Afortunadamente, esta circunstancia ha dejado de ser así actualmente.

 

Cuando los Mossos d'Esquadra investigaban el presunto delito contra el medio ambiente que podría suponer la puesta en servicio de la tercera pista, AENA les entregó una documentación que comprendía un total de 1.833 hojas en tamaño DIN A-3 entre el propio cuerpo de la D.I.A., planos, estudios,...

  • TOMO I : DOCUMENTO 1-INVENTARIO AMBIENTAL (1A PARTE)
  • TOMO II: DOCUMENTO 1-INVENTARIO AMBIENTAL (2A PARTE)
  • TOMO III: DOCUMENTO 2-DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO , EVALUACIONES DE IMPACTOS Y PROPUESTA DE MEDIDAS CORRECTORAS (2 VOLUMENES)
  • TOMO IV: DOCUMENTO 3-PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL
  • TOMO V: DOCUMENTO 4-DOCUMENTO DE SÍNTESIS
  • TOMO VI: DOCUMENTO COMPLEMENTARIO-EVALUACION DE IMPACTO ACUMULADO

El Suplemento VERDE del diario LA RAZÓN publicó cinco años después (el 27 de mayo de 2007) el siguiente reportaje titulado "La ampliación sostenible del Prat" con la gran mayor parte de las medidas que establecía la D.I.A. ya hechas realidad:

Reportaje publicado en el suplemento VERDE del diario LA RAZÓN el 27 de mayo de 2007 sobre la ampliación sostenible del aeropuerto del Prat

 

C) ¿ CUÁLES SON LAS ALEGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE GAVÀ ?

Noticia publicada en el diario municipal EL BRUGUERS el 28 de Enero de 2002 sobre el recurso del Ayuntamiento de Gavà presentado tras la publicación de la DIA (Declaración de Impacto Ambiental) de la ampliación del aeropuerto del Prat

 

 

D) ¿ CUÁLES SON LAS ALEGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE CASTELLDEFELS?

Las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Castelldefels (conjuntamente con la Federación de Asociaciones de Vecinos de Castelldefels) a la D.I.A. recogen tres grandes demandas:

  • Reclamar la presencia permanente del Ayuntamiento de Castelldefels en la CSAAB
  • Reclamar que la configuración preferente sea la ESTE (con los aterrizajes por la tercera pista) y no la OESTE como había defendido antiguamente en sus alegaciones al estudio de impacto ambiental, hecho que supone un cambio de 180º en sus planteamientos.
  • Reclamar que en caso de aplicarse la configuración OESTE como preferente, los despegues se realicen por la tercera pista con viraje inmediato hacia el mar y no por la pista principal

Alegaciones del Ayuntamiento de Castelldefels a la DIA (17 de abril de 2002) - Alegaciones del Ayuntamiento de Castelldefels a la DIA (17 de Abril de 2002)

 

Visión desde Gavà Mar:

Hay varios errores y posibles problemas en estas alegaciones:

  • Al hablar de la configuración ESTE, se comenta que la zona más afectada de Gavà Mar sería la zona más próxima al aeropuerto y de "reciente urbanización". Esto es totalmente incorrecto, la zona de Gavà Mar más próxima al aeropuerto fue urbanizada en la década de los años 60 del siglo pasado como se puede comprobar en la sección HISTORIA DE GAVÀ MAR de esta misma web.
  • Cuando se hace referencia al Estudio de Impacto Ambiental (EIA), se dice que en este estudio se habla de los afectados en Gavà Mar como 'nuevos' afectados. El Ayuntamiento de Castelldefels hace una interpretación errónea de este adjetivo asumiendo que se refiere a nuevos habitantes de Gavà Mar. Lo que quiere decir el EIA es que son vecinos que nunca antes habían sido afectados por las molestias del aeropuerto y que ahora lo serán, por ello los llama "nuevos" afectados.
  • El Ayuntamiento de Castelldefels defiende la configuración ESTE como preferente dando por hecho que los aterrizajes se realizarían por la tercera pista sobrevolando Gavà Mar y no por la pista principal (como se ha venido haciendo siempre desde la construcción de la pista principal). Podría también pasar que la CSAAB optara por la configuración ESTE como preferente pero con los aterrizajes por la pista principal con lo que Castelldefels Playa pasaría de soportar los ruido de los aterrizajes, del 15% del tiempo al 85%.
  • De todos modos, suponiendo que la CSAAB optara por la configuración ESTE como preferente y los aterrizajes por la tercera pista:
  • ¿Qué pasaría cuando cambiara el viento y se tuviera que aplicar la configuración OESTE? ¿Por dónde despegarían, como mínimo, todos los avioens pesados ya que la tercera pista es corta?
  • ¿Qué pasaría cuando AENA pasara a operar el aeropuerto de forma INDEPENDIENTE con la configuración ESTE como preferente? Esto implicaría aterrizajes simultáneos por las dos pistas sobrevolando Gavà Mar pero también gran parte de Castelldefels Playa el 85% del tiempo.

 

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