CAPÍTULO 10 - LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (D.I.A.)
10)
El 18 de enero de 2002 se publica en el B.O.E. la Declaración de
Impacto Ambiental (DIA) de la ampliación del aeropuerto de Barcelona
y las diferentes instituciones afectadas presentan sus alegaciones:
A ) ¿ Qué es la Declaración
de Impacto Ambiental (D.I.A.) ?
B ) ¿ Cuál es la D.I.A. de
la ampliación del aeropuerto del Prat?
C ) ¿ Cuáles son las alegaciones
del Ayuntamiento de Gavà ?>
D ) ¿ Cuáles son las alegaciones
del Ayuntamiento de Castelldefels ?
A) ¿ QUÉ ES LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
(D.I.A.) ?
![Ministerio de Fomento](../imagenes_estructura/fomento.gif) |
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El
Ministerio de Fomento como promotor de la ampliación
del aeropuerto de Barcelona (obra pública) tuvo que presentar
un Estudio de Impacto Ambiental (EIA)
donde se recogieran todas las agresiones a la salud de las personas
y al medio ambiente, así como las formas de minimizarlas. Una
vez presentado y pasado el período de alegaciones de vecinos,
ayuntamientos y de cualquiera que se sintiera afectado, el Ministerio
de Fomento tenía que contestar todas las alegaciones y, después,
con las correcciones, enviar el EIA
al Ministerio de Medio Ambiente para que lo evaluara. |
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![Ministerio de Medio Ambiente](../imagenes_estructura/Logo-Ministeri-Medi-Ambient.gif) |
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El
Ministerio de Medio Ambiente puede entonces solicitar nuevos
estudios y cuando tiene toda la información necesaria, publica
en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Declaración
de Impacto Ambiental (DIA) aprobando o denegando
la obra e imponiendo condiciones para su construcción. |
La declaración de impacto ambiental (DIA) es un motivo tradicional
de preocupación y de fricción entre los Ministerios de Medio
Ambiente y de Fomento, incluso, entre diferentes departamentos del propio
Ministerio de Medio Ambiente porque la DIA ha pasado de ser un simple
sello a un trámite esencial en las obras públicas como la ampliación del aeropuerto
de Barcelona.
Según
datos de marzo del año 2006, desde que el Gobierno aprueba un proyecto
hasta que el Ministerio de Medio Ambiente da su visto bueno pasan de media
944 días (más de 2,5 años) en gran medida debido
al gran número de proyectos que tiene pendientes de estudio el
Ministerio de Medio Ambiente.
De media,
una tramitación de una autopista tarda 1.119 días, un AVE
1.175 días, una presa 1.302 días y un aeropuerto casi un
año.
B) ¿ CUÁL ES LA D.I.A. DE LA AMPLIACIÓN DEL
AEROPUERTO DEL PRAT ?
Publicada
en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 18 de enero de
2002 recogiendo la Resolución de la Secretaría General de
Medio Ambiente de 9 de enero de 2002:
- D.I.A. de la ampliación del aeropuerto (9 de enero de 2002)
![Cronograma del desarrollo del Plan Director del aeropuerto del Prat](../DOCS/3pista/pla director - desenvolupament.jpg)
Esta D.I.A.
tiene como objetivo principal identificar la incidencia del aeropuerto
(o de una de sus pistas) y de las infraestructuras aeroportuarias en el
ámbito territorial que rodea al aeropuerto y establecer las medidas
preventivas correctoras y compensatorias.
En este punto
es importante recordar que aunque las instalaciones del aeropuerto de
Barcelona siempre han estado ubicadas en la misma zona del Delta del Llobregat,
este aeropuerto fue creado y diseñado en un espacio y un tiempo
(desarrollo industrial de Catalunya) donde las garantías constitucionales
actuales (entre elles las de disfrutar de un Medio Ambiente adecuado para
el desarrollo de las personas) no se consideraban prioridades sociales
de primera necesidad. Afortunadamente,
esta circunstancia ha dejado de ser así actualmente.
Cuando
los Mossos d'Esquadra investigaban el presunto delito contra el medio
ambiente que podría suponer la puesta
en servicio de la tercera pista, AENA les entregó una documentación
que comprendía un total de 1.833 hojas en tamaño DIN
A-3 entre el propio cuerpo de la D.I.A., planos, estudios,...
- TOMO
I : DOCUMENTO 1-INVENTARIO AMBIENTAL (1A PARTE)
- TOMO II: DOCUMENTO 1-INVENTARIO AMBIENTAL (2A PARTE)
- TOMO III: DOCUMENTO 2-DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO , EVALUACIONES
DE IMPACTOS Y PROPUESTA DE MEDIDAS CORRECTORAS (2 VOLUMENES)
- TOMO IV: DOCUMENTO 3-PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL
- TOMO V: DOCUMENTO 4-DOCUMENTO DE SÍNTESIS
- TOMO VI: DOCUMENTO COMPLEMENTARIO-EVALUACION DE IMPACTO ACUMULADO
El Suplemento VERDE del diario LA RAZÓN publicó cinco años después (el 27 de mayo de 2007) el siguiente reportaje titulado "La ampliación sostenible del Prat" con la gran mayor parte de las medidas que establecía la D.I.A. ya hechas realidad:
![Reportaje publicado en el suplemento VERDE del diario LA RAZÓN el 27 de mayo de 2007 sobre la ampliación sostenible del aeropuerto del Prat](../DOCS/aeroport/informacio/20070527 A Tu Salud - suplement La Razon - ampliacio sostenible - icona.jpg)
C) ¿ CUÁLES SON LAS ALEGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE
GAVÀ ?
![Noticia publicada en el diario municipal EL BRUGUERS el 28 de Enero de 2002 sobre el recurso del Ayuntamiento de Gavà presentado tras la publicación de la DIA (Declaración de Impacto Ambiental) de la ampliación del aeropuerto del Prat](../DOCS/3pista/20020128 El Bruguers - Ajuntament Gava recorre DIA.jpg)
D) ¿ CUÁLES SON LAS ALEGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE
CASTELLDEFELS?
Las alegaciones
presentadas por el Ayuntamiento de Castelldefels (conjuntamente con la Federación de Asociaciones de Vecinos de Castelldefels) a la D.I.A. recogen tres
grandes demandas:
- Reclamar la presencia permanente del Ayuntamiento de Castelldefels en
la CSAAB
- Reclamar que la configuración preferente sea la ESTE (con
los aterrizajes por la tercera pista) y no la OESTE como había defendido antiguamente en sus alegaciones al estudio de impacto ambiental, hecho que supone un cambio de 180º en sus planteamientos.
- Reclamar que en caso de aplicarse la configuración OESTE como
preferente, los despegues se realicen por la tercera pista con viraje
inmediato hacia el mar y no por la pista principal
- Alegaciones del Ayuntamiento de Castelldefels a la DIA (17 de Abril
de 2002)
Visión desde Gavà Mar:
Hay varios
errores y posibles problemas en estas alegaciones:
- Al hablar de la configuración ESTE, se comenta que la zona más
afectada de Gavà Mar sería la zona más próxima
al aeropuerto y de "reciente urbanización". Esto
es totalmente incorrecto, la zona de Gavà Mar más próxima
al aeropuerto fue urbanizada en la década de los años 60
del siglo pasado como se puede comprobar en la sección HISTORIA
DE GAVÀ MAR de esta misma web.
- Cuando
se hace referencia al Estudio de Impacto Ambiental (EIA), se dice que
en este estudio se habla de los afectados en Gavà Mar como 'nuevos'
afectados. El Ayuntamiento de Castelldefels hace
una interpretación errónea de este adjetivo asumiendo
que se refiere a nuevos habitantes de Gavà Mar. Lo que quiere decir
el EIA es que son vecinos que nunca antes habían
sido afectados por las molestias del aeropuerto y que ahora lo serán,
por ello los llama "nuevos" afectados.
- El Ayuntamiento
de Castelldefels defiende la configuración ESTE como preferente dando por hecho que los aterrizajes se realizarían por la
tercera pista sobrevolando Gavà Mar y no por la pista principal (como se ha venido haciendo siempre desde la
construcción de la pista principal). Podría también
pasar que la CSAAB optara por la configuración
ESTE como preferente pero con los aterrizajes por la pista principal con
lo que Castelldefels Playa pasaría de soportar los ruido de los
aterrizajes, del 15% del tiempo al 85%.
- De todos
modos, suponiendo que la CSAAB optara
por la configuración ESTE como preferente y los aterrizajes por
la tercera pista:
- ¿Qué
pasaría cuando cambiara el viento y se tuviera que aplicar la configuración
OESTE? ¿Por dónde despegarían,
como mínimo, todos los avioens pesados ya que la tercera pista
es corta?
- ¿Qué
pasaría cuando AENA pasara a operar el aeropuerto de forma
INDEPENDIENTE con la configuración
ESTE como preferente? Esto implicaría aterrizajes simultáneos
por las dos pistas sobrevolando Gavà Mar pero también gran
parte de Castelldefels Playa el 85% del tiempo.
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