CAPÍTULO 17 - AVIACIÓN CIVIL AUTORIZA LA PUESTA EN SERVICIO DE LA TERCERA PISTA
17) El 27 de septiembre de 2004, la Dirección General de Aviación
Civil autorizó la puesta en servicio de la tercera pista del aeropuerto
del Prat con muchas de las exigencias que fijaba la D.I.A. sin cumplir.
A) ¿ Qué es la Dirección
General de Aviación Civil (D.G.A.C.) ?
B) ¿ Cuándo autorizó la D.G.A.C. la tercera
pista ?
A) ¿
QUÉ ES LA DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL (D.G.A.C.)
?
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La Dirección
General de Aviación Civil (DGAC) es el órgano mediante
el cual el Ministerio de Fomento ejerce la dirección
y planificación de la política aeronáutica civil.
La DGAC está regulada por el artículo 10 del
real Decreto 1476/2004, de 18 de junio. |
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Entre las funciones que le corresponen se encuentra: |
- El análisis e informe de las propuestas de planificación
de nuevas infraestructuras aeroportuarias
- Los procedimientos de certificación de sistemas de navegación
aérea, de comunicaciones e información aeronáuticos
y de aeropuertos, procediendo a la determinación y acreditación
de sus condiciones de uso
- La aprobación de los planes directores de los aeropuertos
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B) ¿ CUÁNDO LA D.G.A.C. AUTORIZÓ LA TERCERA PISTA ?
El 22 de
octubre de 1999 se aprobó por Orden Ministerial el Plan
Director del aeropuerto de Barcelona que incluye la construcción
de la tercera pista (07R-25L) paralela a la pista 07-25 existente que
pasará a llamarse 07L-25R (pista principal)
El 9 de enero
de 2002, la Secretaría General de Medio Ambiente formuló
Declaración de Impacto Ambiental (D.I.A.)
de este plan Director.
Una vez construida la pista:
- El Ministerio
de Defensa emite un informe favorable para la puesta en marcha de la tercera
pista, informe obligatorio según la Ley 31/2003 de Seguridad Aérea.
- La Comisión Interministerial entre los Ministerios de Defensa
y Fomento aprueba los nuevos procedimientos de vuelo para la entrada en
servicio de la tercera pista
- AENA remite un escrito a la Secretaría General de Medio Ambiente
acreditando el cumplimiento de los requisitos fijados por la D.I.A. para
la puesta en marcha de la tercera pista
AENA realiza entonces la petición de puesta en funcionamiento de la
tercera pista, acompañándola de certificación del
cumplimiento de requisitos y obligaciones de seguridad aplicables.
La DGAC examina las características de la tercera pista para acreditar
sus condiciones de uso, según las normas de aviación civil.
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El 27
de septiembre de 2004, el Director General de la DGAC, Manuel Bautista Pérez, resuelve AUTORIZAR la puesta
en funcionamiento de la tercera pista y de sus calles de rodadura asociadas
a partir del 30 de septiembre de 2004 en las condiciones de operación
aprobadas y con los procedimientos que en cada momento figuren en las
publicaciones aeronáuticas correspondientes. |
Esta resolución
se publica en el B.O.E. del 29 de septiembre de 2004
-29 de septiembre de 2004 (Autorización de la tercera pista)
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